LEY 81

PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES

Ley No. 81 de marzo de 2019 sobre la Protección de Datos Personales en Panamá

Cuando cumplirla, no es una opción. . .

¿En qué consiste la ley?

¿Es alto el esfuerzo para cumplir con la ley No. 81?

¿Cómo está Panamá con relación al cumplimiento?

¿Cómo podemos ayudarle en RISCCO?

¿En qué consiste la ley?

En marzo de 2019 se aprobó en Panamá la Ley No. 81 de 2019 que establece los principios, derechos, obligaciones y procedimientos que regulan el tratamiento de datos de carácter personal y empieza a regir en marzo de 2021.

La Ley aplica a los datos personales de nacionales y extranjeros cuyas bases de datos se encuentren en Panamá o que el responsable del tratamiento de esos datos esté domiciliado en el país.

¿Es alto el esfuerzo para cumplir con la Ley No. 81?

Fácil no lo es, pero si el proyecto inicia con tiempo, es posible estar listo para marzo de 2021. 

Cambio de cultura, elaboración de políticas-procedimientos y sensibilización en la organización, son algunos de los elementos necesarios para cumplir con la Ley.  

Aunque muchas organizaciones asignan este proyecto al área de tecnología de información y/o seguridad, hacerlo, es el primer error al tratar de estar en cumplimiento con la Ley.

La importancia del proyecto radica en incorporar todas las áreas que den algún tipo de tratamiento a datos personales en la organización. En adición, incorporar abogados con experiencia práctica en Protección Datos Personales, es muy importante.

¿Cómo está Panamá con relación al cumplimiento?

A fecha, Enero de 2021, a tres meses de entrar en vigencia la Ley 8, la situación de las organizaciones en Panamá evidencian poco avance en trabajar en su cumplimiento.

En Diciembre 2020 realizamos la segundad edición del Sondeo “Privacidad de Datos en Panamá”  Las conclusiones fueron:

  • Resulta evidente que la mayoría de las organizaciones en Panamá no podrán cumplir con la Ley 81 de 2019 cuando entre en vigencia en marzo de 2021.
  • Florecerán en Panamá grupos o personas que al sentirse afectados sobre la forma como “x” organización protege sus datos personales, iniciarán demandas en la esfera judicial con el ánimo de hacer valer sus derechos u obtener alguna compensación económica.
  • Internalizar su importancia de cumplir con la Ley, mucho más allá de cumplir con el regulador, debería ser la tónica, en todos los involucrados y afectados, indistintamente, que algunos sectores consideren que la Ley no les aplica.

¿Cómo podemos ayudarle en RISCCO?

Siempre pensando en los mejores intereses de nuestros clientes y amigos, cuando la Ley No. 81 fue promulgada, advertimos que el éxito de nuestros servicios de consultoría en el cumplimiento de la Ley, debido a las implicaciones legales, requeriría incorporar un Abogado con experiencia práctica en proyectos de protección de datos personales.
En RISCCO tenemos un nombre y reputación en riesgo tecnológico, seguridad de información, auditoría de sistemas e investigaciones por delitos informáticos.  Sin embargo, eso no es suficiente para ayudar a las organizaciones a cumplir con la Ley.

En RISCCO nos complace haber hecho una alianza con la Abogada especialista en protección de datos personales, María Arias Pou.

María es Doctora en Derecho por la Universidad Europea. María desde el 2019 es co-chair del capítulo de privacidad para Panamá de la Asociación Internacional de Profesionales de la Privacidad, IAPP. En adición, actualmente, para el mandato 2019-2021, es Vicepresidenta primera de la Asociación Profesional Española de Privacidad, APEP.
María es Máster en Derecho de las TIC por la Universidad Pontificia Comillas. Licenciada en Derecho por la Universidad de Navarra. Quinta Vicepresidenta de la Asociación Profesional Española de Privacidad (APEP).